SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0529/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0529/2013-L

Fecha: 18-Jun-2013

a)

Solicita se conceda la tutela y se disponga dejar sin efecto: a) La OM 100/2009, emitida por el Concejo Municipal de Quillacollo, así como los informes de las referidas Comisiones; b) La RA 003/11, y el cese inmediato de los actos arbitrarios; y, c) La condenación en daños y resarcimiento del daño civil.

Por otro lado, el apoderado de Carla Lorena Pinto Bustamante, Alcaldesa Municipal, en audiencia señaló lo siguiente: a) Bernardina Orellana de Fuentes, ha sido la primera en infringir lo determinado por la Alcaldía, puesto que procedió a cercar su propiedad con alambres de púas y descargando piedras; b) Trata de sorprender presentando tres memoriales en distintas fechas y no aclara cual es la petición concreta y reconoce que no existe legitimación pasiva porque revisados los antecedentes se observa que no están presentes todos lo que intervinieron en la aprobación de los informes; y, c) Se evidencia que no se agotó la vía administrativa ya que no se observa que se haya interpuesto ningún recurso jerárquico y revocatorio conforme lo indica la SC 0512/2010-R de 5 de julio, razón por la cual solicita se deniegue la tutela y se condene con costas.