SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0556/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0556/2013-L

Fecha: 28-Jun-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Refiere que el 2 de mayo de 2006, por memorándum 00551 fue designado como Profesional Junior; el 13 de junio de 2008, por memorándum 00856 ascendió al cargo de Profesional II de la División de Desarrollo Humano y Económico dependiente de la Comuna Itocta; el 23 de noviembre de 2010, por memorándum 2634, fue trasladado al cargo de Encargado Tarea “5” de la División de Desarrollo Humano y Económico, sin justificativo alguno; el 31 de diciembre de 2010, por memorándum 3521 se le reasignó en el cargo de Encargado Tarea 5; finalmente, el 14 de enero de 2011, por memorándum 214 se le agradeció sus servicios prestados.

El 24 de febrero de 2011, la brigada Parlamentaria de Cochabamba, solicitó informe escrito a Edwin Castellanos Mendoza, referido a los motivos por los que se prescindió de sus servicios y si tenía conocimiento de que era padre de familia de una menor discapacitada protegida por la Ley de la Persona con Discapacidad; en ese sentido, el Decreto Supremo (DS) de 6 mayo de 2004 en su art. 5.II, complementado a su vez por el DS 29608 de 18 de junio de 2008 refiere acerca de la inamovilidad laboral de los padres que tengan bajo su dependencia a personas con discapacidad, solicitud que fue ratificada el 29 de marzo de 2011.

El Comité Departamental de la Persona con Discapacidad (CODEPEDIS), mediante nota A.CODEPEDIS/115/11 de 6 de abril, dirigida a Edwin Castellanos Mendoza,  solicitó la reincorporación laboral de Wilson Brun Alencar por ser padre de la menor AA, persona con discapacidad física motora grave con grado de 49%, como se acreditó en el carneé de discapacidad, conforme al art. 5 del DS 29608 referido a la inamovilidad que beneficiará a padres o tutores que tengan bajo su dependencia a personas con discapacidad, aplicable a los hijos o dependientes menores de dieciocho años.