Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0679/2013
Fecha: 03-Jun-2013
II.3.
II.3. El 7 de febrero de 2013, Juan Carlos Pérez Justiniano, se apersonó ante el Juez Onceavo de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz, solicitando dejar sin efecto la rebeldía, ya que en cumplimiento del decreto de 24 de diciembre de 2012, adjuntó el comprobante de caja donde caucionó la multa correspondiente a la rebeldía dictada en su contra (fs. 6).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Reiteración a la jurisprudencia que establece los requisitos para que la acción de libertad tutele elementos del debido proceso en acciones de libertad
- i)
- III.2. La declaratoria de rebeldía y la comparecencia del imputado declarado rebelde
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR