SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0707/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0707/2013

Fecha: 03-Jun-2013

improcedente

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 37 de 27 de abril de 2012, cursante de fs. 21 a 23, declarando improcedente la acción de libertad, sin costas al accionante por ser excusable, de acuerdo a los siguientes fundamentos de orden jurídico constitucional: a) El principio de subsidiariedad que rige en la materia, implica que las acciones constitucionales no pueden ser supletorias de recursos ordinarios para hacer valer los derechos que se aleguen como vulnerados; y, b) Luego del análisis pormenorizado de la documentación puesta en conocimiento del tribunal, se concluye que el accionante no ha dado cumplimiento al principio de subsidiariedad en materia de la acción de libertad, por lo que debió haber agotado las acciones ante el tribunal ordinario, siendo la única situación excepcional cuando está en peligro la vida o cuando se trata de menores de edad.