SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0744/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0744/2013

Fecha: 07-Jun-2013

1)

Esta misma Sentencia, a tiempo de desarrollar este principio y haciendo referencia a la SC 0128/2011-R y la SCP 0023/2012, ha determinado entre otras cosas que, si bien se puede presentar la acción de libertad incluso de manera oral, precisamente en aplicación del principio de informalismo, necesariamente en la acción se deben identificar: 1) La relación circunstanciada del o de los hechos denunciados; 2) La identidad del o de la accionante; y, 3) La identidad de la parte demandada; esto, con el fin de que se efectúe una correcta notificación y en definitiva se resguarde el derecho a la defensa de la parte demandada; pues, a partir de esto, no sólo se busca facilitar la labor del juez o tribunal sino preservar el derecho a la defensa de la persona o autoridad demandada.