SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0764/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0764/2013

Fecha: 07-Jun-2013

a)

Los accionantes a través de su abogada, ratificaron el tenor íntegro de la acción de amparo constitucional y la ampliaron señalando que: a) No observan si la libertad del imputado corresponde o no, sino reclaman el cumplimiento del debido proceso, la igualdad, la seguridad jurídica, la vigencia de la Constitución y la aplicación objetiva de la ley; b) La interpretación arbitraria, ilógica e indebida del art. 398 del CPP, puesto que en todo caso debió aplicarse el art. 17 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), dicha interpretación tiene como resultado la afectación de los derechos y garantías de las víctimas; y, c) El acta de celebración de audiencia de 3 de enero de 2013, difiere en su contenido de los fundamentos de la resolución de la misma fecha con que fueron notificados, porque se incorporó aspectos que no fueron contemplados en dicho acto procesal, los cuales fueron agregados posteriormente bajo el conocimiento que se iba a plantear esta acción, aspecto que también afecta al debido proceso.