Sentencia Constitucional Plurinacional: 0765/2013 de 7 de junio
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional: 0765/2013 de 7 de junio

Fecha: 07-Jun-2013

del sentido axiológico que encierra el ejercicio del control de constitucionalidad que debe ejercer el Tribunal Constitucional Plurinacional

La caracterización realizada por el Constituyente de concebir en el art. 179.III de la CPE, que la justicia constitucional se ejerce por el Tribunal Constitucional Plurinacional, importa no sólo un cambio de nomenclatura, sino una proyección del sentido axiológico que encierra el ejercicio del control de constitucionalidad que debe ejercer el Tribunal Constitucional Plurinacional en sus dos roles esenciales, esto es: el cuidado del principio de supremacía constitucional y la protección y vigencia de los derechos y garantías fundamentales, a través de un control plural de constitucionalidad, donde los valores plurales supremos convergen como guías y pautas de interpretación para la materialización del nuevo modelo de Estado que proyecta la Constitución, sustentado en la plurinacionalidad, la interculturalidad, el pluralismo en sus diversas facetas proyectados hacia la descolonización, como nuevos ejes fundacionales que permitan consolidar una sociedad inclusiva, justa y armoniosa, cimentada en la descolonización, sin discriminación ni explotación, con plena justicia social, para consolidar las identidades plurinacionales estructuradas bajo un proceso que articule la  pluralidad en la unidad.