Sentencia Constitucional Plurinacional: 0765/2013 de 7 de junio
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional: 0765/2013 de 7 de junio

Fecha: 07-Jun-2013

II.4.1. Sobre el procedimiento disciplinario de la Policía Boliviana

              Ahora bien, en ese contexto la Ley de Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana (LRDPB) no impide que presuntas irregularidades que afecten derechos y garantías durante el proceso investigativo policial sean planteados ante los Tribunales Disciplinarios correspondientes, que en todo caso, corresponderá a éstos pronunciarse conforme a la ley y, en su caso al momento de interponer el recurso de apelación contra la Resolución de primera instancia, por cuanto, el Tribunal Disciplinario Superior al momento de resolver la apelación interpuesta puede “Anular la Resolución de Primera Instancia, cuando le sea imposible reparar directamente la inobservancia de la ley o su errónea aplicación, devolviendo al Tribunal de origen para su reparación” conforme establece el art. 98.3 de la LRDPB.