SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0870/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0870/2013

Fecha: 20-Jun-2013

III.4.2. En lo que respecta a la Resolución 179/2012 de 17 de mayo

Una vez impugnada la sanción contenida en la Sentencia Disciplinaria 022/2011 de 6, a través del recurso jerárquico, el Tribunal de apelación conformado por los Consejeros de la Magistratura ahora demandados, pronunciaron la Resolución 179/2012, confirmando parcialmente la resolución impugnada, entendiendo que ha existido la comisión de la falta grave establecida en el art. 40.3 de la LCJ, cita normativa que fue aclarada mediante decreto de 5 de noviembre de 2012.

La Resolución 179/2012, no se encuentra debidamente fundamentada ni motivada, por cuanto no responde a todos y cada uno de los puntos señalados en el memorial de impugnación en el cual fue realizada una detallada justificación por parte de la accionante respecto al por qué no hubiese incurrido en mora judicial, citando normas del Código de Procedimiento Civil, mereciendo por respuesta afirmaciones de carácter general que no responden puntualmente a las observaciones efectuadas, concluyéndose por tanto que las autoridades demandadas vulneraron el derecho al debido proceso y a la defensa.