SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0907/2013
Fecha: 20-Jun-2013
I.1.1. Hechos que motivan la acción
En el proceso penal seguido contra Shiu Chuan Wei, por la presunta comisión de los delitos de “falsificación de documento” (sic) y uso de instrumento falsificado, la querellada interpuso excepción de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, misma que fue rechazada mediante Resolución 327 de 18 de noviembre de 2011, por el Juez Segundo de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, cuya autoridad previa revisión prolija y detallada del proceso declaró improbada la excepción, considerando que la imputada mediante infinidad de peticiones, argucias y actuaciones obstruyó el proceso de investigación, solicitando en varias oportunidades la suspensión de declaración informativa policial, argumentando que no fue notificada conforme a procedimiento, de forma personal en su domicilio real y que se encontraba enferma, aspectos que no fueron justificados.
Con el propósito de no enfrentar el juicio oral, planteó diferentes incidentes, apelaciones y excepciones, por lo que el tiempo que transcurrió es atribuible a la imputada; sin embargo, los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, a tiempo de resolver la apelación incidental, no valoraron dichos aspectos; así, mediante Auto de Vista de 18 de abril de 2012, dispusieron la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- negó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La motivación y fundamentación de las resoluciones como elementos configuradores del debido proceso
- (Fundamentación).-
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- CONFIRMAR