SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0921/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0921/2013

Fecha: 20-Jun-2013

iii)

iii) Lo mismo ocurrió en el recurso de casación en el que esa supuesta omisión de falta de fundamentación de la sentencia, tampoco fue invocada en esta instancia, presentando otros precedentes contradictorios que son diferentes a los adjuntados en el anterior recurso de casación interpuesto y que eran conocidos por los procesados, por lo que al no ser atendible en esta etapa la denuncia de los recurrentes en virtud al principio de preclusión que por determinación del art. 16 de la LOJ, opera a la conclusión de etapas y vencimiento de plazos y ante el incumplimiento de los requisitos establecidos en el art. 418 del CPP, corresponde la declaratoria de inadmisibilidad (fs. 276 a 280).