SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0958/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0958/2013

Fecha: 27-Jun-2013

concedió

El Juez Primero de Sentencia Penal del departamento de Chuquisaca constituido en Juez de garantías, pronunció la Resolución 9/2013 de “22 de marzo”, cursante de fs. 52 a 60 vta., por la que concedió la tutela solicitada, contra los Vocales Iván Sandoval Fuentes y Mirna Sandra Molina Villarroel y denegó la misma contra Oswaldo Aguilar Flores Juez Segundo de Instrucción en lo Penal, sin disponer la libertad del accionante, dejando sin efecto el Auto de Vista 48/013, disponiendo que la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, sin esperar turno ni sorteo previo, dicte nueva resolución corrigiendo los aspectos observados; con los siguientes fundamentos: i) El accionante no señaló nada en concreto dentro de la presente acción contra la resolución del Juez instructor que deba ser analizado y que en su caso vulneración a los derechos denunciados, motivo por el cual corresponde denegar la tutela respecto a esa autoridad; ii) El Auto de Vista que dispuso mantener la detención preventiva del accionante, si bien determinó estar vigentes ciertos riesgos procesales, no ha cumplido con la exigencia de fundamentar su decisión, exponiendo de manera motivada la concurrencia de los presupuestos exigidos por los arts. 233, 234 y 235 del CPP, concretamente a la valoración objetiva integral de los elementos probatorios; y, iii) Las autoridades demandadas a momento de mantener la detención preventiva, debieron fundamentar y justificar en derecho sobre la concurrencia de ambos presupuestos, sobre todo la necesidad de mantener la detención preventiva, previo análisis de los aspectos positivos que obraban a favor del accionante y los negativos que hacían procedente su detención, lo cual no ocurrió.