SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0964/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0964/2013

Fecha: 27-Jun-2013

: falta de citación con la demanda, notificación con la apertura del termino de prueba y notificación con la sentencia, no son, desde ningún punto de vista, la únicas para declarar la nulidad de los actos procesales, pues un entendimiento contrario, de manera general, haría ineficaz y peor aún innecesario un sistema que regule las nulidades procesales dentro de un proceso cualquiera

De lo señalado precedentemente, se colige que las causales de nulidad que señala el art. 247 de la LOJ: falta de citación con la demanda, notificación con la apertura del termino de prueba y notificación con la sentencia, no son, desde ningún punto de vista, la únicas para declarar la nulidad de los actos procesales, pues un entendimiento contrario, de manera general, haría ineficaz y peor aún innecesario un sistema que regule las nulidades procesales dentro de un proceso cualquiera(las negrillas son nuestras).