Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1000/2013
Fecha: 27-Jun-2013
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, y el art. 44.1 del Código Procesal Constitucional, en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 04/2013 de 21 de marzo, cursante de fs. 96 a 98, pronunciada por el Juez Séptimo de Sentencia Penal y Liquidador del departamento de Santa Cruz; y, en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada respecto a la falta de celeridad, en los mismos términos que el Juez de garantías.
- acción de libertad
- I.1.1.
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- pronta, oportuna
- toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR