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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1000/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1000/2013

    Fecha: 27-Jun-2013

    Fragmento 12

             El Código de Procedimiento Penal establece que el recurso de apelación incidental procederá entre otras contra las resoluciones que resuelven medidas cautelares o su sustitución, estableciendo así en su art. 251 del CPP, que será apelable, en el efecto no suspensivo en el término de setenta y dos horas, la resolución que disponga, modifique o rechace medidas cautelares.

    • acción de libertad
    • I.1.1.
    • a)
    • 1)
    • concedió
    • II.1.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • III.2. De la acción de libertad
    • pronta, oportuna
    • toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible
    • Fragmento 12
    • Fragmento 13
    • III.5. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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