Fragmento 7
Cuando nos referimos al debido proceso, debemos entender al mismo, a aquel en el que se respeten los derechos fundamentales y las garantías constitucionales, previstos tanto en la Constitución Política del Estado, como en el ordenamiento jurídico vigente y de conformidad con el art. 410.II, también respecto a aquellos derechos humanos reconocidos, y en los pactos, tratados y convenios internacionales ratificados por el Estado y que en consecuencia forman parte del bloque de constitucionalidad. Así, el debido proceso por su especificidad, tiene que ver con el respeto a las garantías y derechos fundamentales, que le asisten a cualquier ciudadano que es objeto de un procesamiento ya sea en el orden administrativo o judicial, con carácter público o privado.
- “1º REVOCAR en parte
- 2º DENEGAR
- a)
- 1)
- Ninguna persona puede ser condenada sin haber sido oída y juzgada previamente en un debido proceso
- el proceso es un medio para asegurar, en la mayor medida posible, la solución justa de una controversia.
- Fragmento 7
- Fragmento 8
- El art. 115.II de la CPE, establece que el Estado garantiza el derecho al debido proceso. Como garantía en el ámbito penal y sancionatorio administrativo-disciplinario, halla su consagración en el art. 117.I de la CPE, al señalar que ninguna persona puede ser condenada sin haber sido oída y juzgada previamente en un debido proceso. En este sentido, el debido proceso, es entendido como el derecho de toda persona a un proceso justo, oportuno, gratuito, sin dilaciones y equitativo, en el que entre otros aspectos, se garantice al justiciable el conocimiento o notificación oportuna de la sindicación para que pueda estructurar eficazmente su defensa, el derecho a ser escuchado, presentar pruebas, impugnar, el derecho a la doble instancia
- un derecho universal el de recurrir, o a la doble instancia, de una resolución sea judicial o administrativa que considera lesiona sus derechos fundamentales o le causa agravio
- Fragmento 11
- sea de carácter público o privado
- II.3. De la vulneración al debido proceso por falta de congruencia, fundamentación y motivación
- i)
- II.5. Análisis del caso concreto
- conceder en todo
