Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0246/2013-CA
Fecha: 05-Jul-2013
I.2. Respuesta a la acción
Corrido en traslado mediante proveído de 24 de diciembre de 2010 (fs. 18 vta.), Juan Carlos Gumiel Navarro y Patricia Elizabeth Gutiérrez, mediante memorial de 9 de abril de 2011 (fs. 19 y vta.), respondieron con el siguiente argumento: El ejecutado señala que, supuestamente existirían apelaciones sin resolver; sin embargo, de la lectura del expediente se observa que todas estas apelaciones ya fueron resueltas oportunamente.
- Juez Cuarto de Instrucción en lo Civil del Distrito Judicial
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- II.2. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Marco normativo constitucional y legal
- El recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad podrá ser presentado por una sola vez en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo, aun en recurso de casación y jerárquico, antes de la ejecutoria de la sentencia
- II.4.
- APROBAR