El proceso arbitral iniciado por UNITRANSE S.R.L. concluyó con la emisión del Laudo Arbitral 003/09 de 3 de julio de 2009, determinando lo siguiente:
Fecha: 22-Jul-2013
las reglas de un debido proceso adjetivo, resguardan el derecho a una decisión motivada y congruente.
Tal como se tiene dicho, considerando que el control jurisdiccional de procesos arbitrales encuentra sustento y límite en el respeto a las reglas del debido proceso, es pertinente prima facie determinar los alcances de este derecho fundamental y sus componentes esenciales, en ese orden, cabe precisar que el debido proceso en su faceta adjetiva, asegura la estricta observancia de presupuestos que deben ser cumplidos para el establecimiento de cualquier sanción o consecuencia jurídica, así componen las reglas de un debido proceso adjetivo, entre muchas otras, verbigracia la garantía del juez natural, en sus tres vertientes, imparcialidad, independencia y competencia. Asimismo, el juicio previo, constituye otro presupuesto esencial del debido proceso adjetivo, por tanto, nadie puede sufrir una sanción sin haber sido escuchado en un proceso o procedimiento contradictorio que asegure de manera extensiva y de la forma más amplia posible el derecho irrestricto a la defensa, siguiendo presupuestos procesales pre-establecidos. De igual manera, las reglas de un debido proceso adjetivo, resguardan el derecho a una decisión motivada y congruente.
En ese orden, estos presupuestos del debido proceso en su faceta adjetiva, ya fueron desarrollados por el Tribunal Constitucional de manera reiterada, así las SSCC 0082/2001-R; 0157/2001-R; 0798/201-R; 0925/2001-R; 1028/2001-R; 1009/2003-R; 1797/2003-R; 0101/2004-R; 1797/2003-R; 0663/2004-R entre otras, plasman los presupuestos esenciales del debido proceso adjetivo, entendimientos plasmados de manera uniforme a partir del año 2010 y que deben ser asumidos también por este Tribunal Constitucional Plurinacional, por ser plenamente compatibles con el orden constitucional imperante.
- conceder
- 2. Objeto de la presente petición de tutela
- a)
- b)
- c)
- d)
- 4.1.
- exige del intérprete la aplicación de un principio de interpretación esencial denominado “interpretación desde y conforme a la Constitución”, el cual hace posible que a través de métodos específicos de interpretación como ser los criterios sistémicos o teleológicos -los cuales constituyen aspectos esenciales de una coherente técnica adecuada de argumentación jurídica-, se realice una labor hermenéutica que asegure la vigencia material del principio de aplicación directa de los derechos fundamentales y por ende que se consagre el fenómeno de constitucionalización del ordenamiento jurídico.
- los presupuestos procesales que configuran las reglas de un debido proceso tanto adjetivo como sustantivo en el ámbito jurisdiccional, deben ser interpretadas de acuerdo al principio “desde y conforme a la Constitución”, para que merced a una garantista labor hermenéutica, dichos presupuestos procesales en el marco de pautas sistémicas y teleológicas, respondan a la parte dogmática del bloque de constitucionalidad, asegurándose así un real fenómeno de constitucionalización del ordenamiento jurídico
- las reglas de un debido proceso adjetivo, resguardan el derecho a una decisión motivada y congruente.
- concluyendo que éste tiene una naturaleza jurídica progresiva, por cuanto, debe ser interpretado a la luz de una pauta hermenéutica evolutiva, en mérito de la cual, su contenido esencial no puede mantenerse estático en el tiempo con un reconocimiento limitado únicamente a su faceta formal o adjetiva, sino por el contrario
- es preciso establecer además que el ideal constitucional de la razonabilidad prescribe una práctica democrática basada en entendimientos razonados y razonables
- en el marco de una interpretación progresiva del derecho al debido proceso, es evidente que el elemento motivación, no puede quedar como un presupuesto estático del debido proceso en su faceta adjetiva, sino por el contrario
- i)
- sino también resguarda la razonabilidad de toda sentencia judicial o acto administrativo
- 4
- 1)
- concedido
- CONFIRMAR