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    El suscrito Magistrado expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 1173/2013 de 30 de julio, por las siguientes razones de orden constitucional y legal:
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    El suscrito Magistrado expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 1173/2013 de 30 de julio, por las siguientes razones de orden constitucional y legal:

    Fecha: 30-Jul-2013

    1.

    1.  Que, “…el accionante no ha demostrado ni ha sustentado fehacientemente conforme a derecho que su vida, su libertad estén en inminente peligro o riesgo, que está ilegalmente perseguida o está indebidamente procesada o privada de su libertad física, producto de la determinación de las autoridades demandadas…”  y

    • Partes:
    • I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA
    • 1.
    • 2.
    • II.1.
    • la obtención de la libertad física no puede inviabilizarse cuando un co-procesado ha cumplido la condena que se estableció en la sentencia dictada en primera instancia, siempre que no exista posibilidad de modificar la pena en segunda o última instancia,
    • dos terceras partes de la pena
    • ya que, ninguna de las partes había apelado la misma con relación a su persona

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