Sentencia: 0730/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0730/2013-L

Fecha: 19-Jul-2013

II.2.2.

                     La SCP 0270/2012 de 4 de junio, reconoce el triple dimensionamiento del debido proceso, al señalar: “Realizando un análisis a lo establecido por el art. 117.I de la CPE, el debido proceso además de haber sido desarrollado ampliamente por la jurisprudencia, fue comprendido de una mejor manera acorde a lo expresado por la CPE, de tal forma que la actual jurisprudencia constitucional, a través de la SC 0702/2011-R de 16 de mayo manifestó:

                     'Considerando los criterios de la doctrina, en su jurisprudencia previa este Tribunal ha señalado que el debido proceso consiste en´…el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar (…) comprende el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos' (SSCC 0418/2000-R, 1276/2001-R y 0119/2003-R, entre otras).