REVOCA
La SCP 0730/2013-L REVOCA la Resolución 09/2013 de 28 de mayo, cursante de fs. 164 a 169 vta., pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Tarija; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, por cuanto no se habría agotado la vía administrativa de forma previa antes de acudir a la jurisdicción constitucional, la que no es sustitutiva de otras vías.
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- REVOCA
- Fragmento 3
- un voto disidente implica un desacuerdo que incide y se traduce en el decisum o decisión, o en una ratio decidendi o rationes decidendis,
- II.2.
- Su esencia tutelar hace que esta acción tenga un alcance preventivo y correctivo
- II.2.1.Sobre la excepción de subsidiariedad y la protección inmediata ante vías de hecho
- II.2.2.
- valor justicia
- derecho al juez natural
- II.2.3. Derecho a la defensa
- Fragmento 12
- II.2.4. El derecho al trabajo
- II.3.
- II.4.
- CONFIRMAR
