SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0598/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0598/2013-L

Fecha: 03-Jul-2013

i)

El Representante Fiscal, se hizo presente en la audiencia y señaló los siguientes aspectos: i) De los antecedentes y del informe de la autoridad jurisdiccional no se evidencia que ésta haya tomado objetivamente esa decisión; sin embargo, se debe considerar que, independientemente de que exista o no esa resolución de arresto, se sabe y se conoce cuáles fueron los motivos y fundamentos por los cuales se ha tomado esa decisión; ii) No es necesario emitir la orden de arresto, porque se conoce el motivo y el para qué del arresto; y, iii) La autoridad jurisdiccional ejerció la facultad prevista en el art. 339 del CPP.