Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0629/2013-L
Fecha: 15-Jul-2013
2°
2° En mérito al tiempo transcurrido entre la Resolución del Tribunal de Garantías y esta Sentencia Constitucional Plurinacional se dispone: Dejar subsistentes las Resoluciones pronunciadas por el Juez Primero de Instrucción Penal y por los Vocales de la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí.
- acción de libertad
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2.
- III.3. Sobre la fundamentación de las resoluciones de medidas cautelares
- III.4. Análisis del caso concreto
- 2°