SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0629/2013-L
Fecha: 15-Jul-2013
II.2.
II.2. Cursa el Auto motivado 6/11 de 8 de febrero de 2011, emitido por Remberto Cabrera Mamani, Juez Primero de Instrucción en lo Penal de Llallagua, mediante el cual se dispuso la detención preventiva de Germán Coria Quispe, bajo los siguientes fundamentos: a) Germán Coria Quispe no logró demostrar que tenía familia por cuanto su padre -el otro coimputado- fue declarado rebelde y su familia se encuentra deshecha; en cuanto al domicilio, si bien presentó certificado domiciliario, empero, en su declaración dio otra dirección; el informe social obtenido por el inculpado de manera ilegal, lo cual creó duda en el Juez; tampoco demostró tener actividad lícita, por cuanto recién se encuentra elaborando su tesis de grado, lo cual hacer ver que existe riesgo de fuga; b) Durante el proceso interpuso recusaciones infundadas contra los titulares de la investigación penal, influyendo ilegalmente sobre los mismos, lo que hace entrever que su comportamiento estuvo dirigido a dilatar el proceso; en otra demanda también fue imputado por la presunta comisión de los delitos de robo agravado e incendio, por lo que continuaría el riesgo procesal (fs. 23 a 31).
- acción de libertad
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2.
- III.3. Sobre la fundamentación de las resoluciones de medidas cautelares
- III.4. Análisis del caso concreto
- 2°