SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0629/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0629/2013-L

Fecha: 15-Jul-2013

II.3.

II.3.    El ahora accionante, habiendo solicitado la cesación a la detención preventiva, la misma fue rechazada por el Juzgado de Instrucción Mixto, cautelar y Liquidador, mediante Auto motivado 35/11 de 19 de julio de 2011, por cuanto, no se habría desvirtuado ninguno de los riesgos procesales (fs. 57 vta. a 60); apelada la citada resolución, fue resuelta por Jorge Balderrama Berrios y Julio Miranda Martínez, Vocales de la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Potosí, mediante Auto de  25 de agosto de 2011, declarando improcedente el recurso, por cuanto el imputado no desvirtuó los motivos que determinaron su detención (fs. 64 vta. a 65).