Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0710/2013-L
Fecha: 19-Jul-2013
II.4.
II.4. A través de la Resolución A-334/10 de 22 de diciembre de 2010, pronunciada por la Sala Civil Segunda, se revocó la Resolución 124/2008 dejando sin efecto el Auto Interlocutorio de 5 de junio de 2008, disponiendo: “NO HABER LUGAR a la petición de embargo solicitado por Michel Dorado Escobar... salvándose sus derechos para que los haga valer por la vía legal que corresponda, sin costas por la revocatoria en previsión del Art. 237 Par.I Inc. 3) del Código de Procedimiento Civil” (sic) (fs. 2 a 3 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- Fragmento 7
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- (…) De los procesos de ejecución coactiva civil de garantías reales
- (…) Excepciones
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR