Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0725/2013-L
Fecha: 19-Jul-2013
Fragmento 19
En ese entendido, los Estados deben aplicar las normas más favorables a los derechos humanos, lo que significa que el bien jurídico protegido a través de las normas ordinarias -en el caso nuestro Ley del Régimen de Coca y Sustancias Controladas- es la vida digna, seguridad y la salud pública, que constituyen bienes comunes esenciales para la convivencia humana, y cuyo referente constitucional se cristaliza en el contenido previsto en los arts. 22, 35.I y 37 de la CPE, en torno a la cualidad moral del ser humano y su derecho a la salud”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.2.
- ) exista apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsibles para decidir
- Fragmento 15
- derecho a la valoración razonable de la prueba;
- III.5. Sobre el incidente de detención domiciliaria y su trámite ante el Juez de Ejecución Penal
- III.6. Sobre los delitos de lesa humanidad
- Fragmento 19
- III.7. Análisis
- CONFIRMAR