SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0733/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0733/2013-L

Fecha: 19-Jul-2013

denegó

La Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 78/2011 de 28 de octubre, cursante de fs. 27 a 28, denegó la acción de libertad, sin costas por ser excusable; en base a los siguientes fundamentos: 1) La decisión del Juez de la causa de trasladar la audiencia a Yacuiba se justifica pues se encuentra al mismo nivel de altura de Santa Cruz de la Sierra; 2) Ante la recomendación médica por la que no podría estar sentado más de treinta minutos, correspondió establecer que no se adecuó a ninguna circunstancia que pondría en riesgo su salud, menos la vida del accionante, por lo que no se advierte que la decisión de la autoridad demandada pudiera ser considerada atentatoria a sus derechos a la salud y a la vida; y, 3) Se aludió que mediante Resolución 55/2011, se denegó la acción de libertad interpuesta por el mismo accionante en virtud a que existe otra sentencia en un recurso de acción de libertad también interpuesta por él que motivó que la Sala Penal Primera dicte el Auto de Vista 376/2011, las cuales están en revisión en el ahora Tribunal Constitucional Plurinacional; al no haber sido resueltas, implica la existencia de tres acciones de libertad opuestas por éste contra la misma autoridad jurisdiccional y por el mismo motivo, en función a que se negó a llevar a cabo los actuados procesales en Santa Cruz de la Sierra, haciendo inviable la tutela solicitada.