Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0733/2013-L
Fecha: 19-Jul-2013
II.1.
II.1. El informe médico legal de 17 de octubre de 2011, suscrito por Celso Cuellar Rossell, Médico Forense del entonces Distrito Judicial de Santa Cruz, concluyó que Gary Augusto Prado Salmon -ahora accionante-, presenta invalidez total y permanente de miembros inferiores, lo cual imposibilita su traslado, el mismo que es realizado con la ayuda de terceras personas en silla de ruedas y que por sus problemas cardiovasculares e hipertensión arterial sugirió mantenerlo en un lugar cercano al nivel del mar; toda vez que, la situación de estrés podría aumentar el riesgo de “muerte súbita” (sic) (fs. 1 a 2).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y alcance de la acción de libertad
- Por ello, a diferencia de la tutela a la libertad, y su condicionamiento del agotamiento previo de las instancias intra procesales, para pedir su protección a través de este medio constitucional idóneo, eficaz e inmediato, respecto a la vida, su tutela puede ser solicitada de manera directa; es decir, que puede acudir a la jurisdicción constitucional, sin tener que agotar previamente la vía jurisdiccional"
- III.3. La exigencia de pruebas
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR