Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0750/2013-L
Fecha: 30-Jul-2013
I.4. Tramite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en revisión de la Resolución 80/2011 de 13 de agosto, pronunciada por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de La Paz, constituida en Tribunal de garantías que dispuso declarar la improcedencia in limine de la acción de amparo constitucional (fs. 88 a 89), pronunció el AC 0120/2012-RCA-SL de 1 de noviembre, determinando la admisión de la referida acción tutelar, para que en audiencia pública se determine lo que en derecho corresponda (fs. 96 a 103); en ese sentido el Tribunal de garantías, emitió la Resolución 36/2013 de 31 de mayo, misma que ahora se revisa.
- acción de amparo constitucional
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- I.4. Tramite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.Jurisprudencia constitucional respecto del hecho superado y la norma que lo prevé
- Fragmento 14
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR