SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0755/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0755/2013-L

Fecha: 30-Jul-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El accionante se encuentra detenido preventivamente en el penal de “Mocovi” del departamento de Beni por los supuestos delitos de contratos lesivos al estado y otros; debido a esta situación, solicitó al Juez ahora demandado la cesación de su detención preventiva; sin embargo, el 14 de septiembre de 2011, dicha autoridad judicial rechazó su pedido, razón por la cual de conformidad a lo establecido por el art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP) dentro del plazo legal formuló apelación contra el auto que rechazó dicha solicitud, recurso que por Auto de 21 de igual mes y año, fue admitido y al mismo tiempo dispuso que “se remitan los obrados a la Sala Penal” (sic) dentro de las veinticuatro horas siguientes.

Desde la fecha mencionada hasta el día de la presentación de la acción de libertad habría transcurrido un mes y veinticinco días y el expediente no fue remitido a la Sala Penal que debía conocer el caso, convirtiéndose tal hecho en un atentado contra sus derechos constitucionales, porque debido a esta omisión el siguiría detenido injustamente, desconociendo el motivo del por qué la autoridad judicial demandada adoptó esa conducta dolosa en su contra ya que dicho accionar inclusive afectó a su salud que cada día se deteriora por la indebida detención de la cual sería objeto.