Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0755/2013-L
Fecha: 30-Jul-2013
I.2.3. Intervención del Ministerio Público
La representante del Ministerio Público, en audiencia señaló que ha participado en la deliberación del Tribunal y realmente está de acuerdo con la decisión, razón por la cual se allana a la resolución que van a emitir; sin embargo, dentro del principio que existe en el Ministerio Público, en calidad de representante del Estado y de la sociedad resalta que no puede volver a pasar esta circunstancia de que exista retardación de justicia pronta y oportuna que debe existir en los estrados judiciales, sea con reflexión para los funcionarios de la entonces Corte Superior del distrito Judicial de Beni.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- Fragmento 6
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Del plazo para la tramitación del recurso de apelación incidental de una medida cautelar
- III.3. Ratificación de la jurisprudencia referida a la celeridad que debe imprimirse en la remisión de la apelación incidental al Tribunal de apelación y la acción traslativa o de pronto despacho
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR