SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0756/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0756/2013-L

Fecha: 30-Jul-2013

1)

La accionante, por intermedio de su abogado, ratificó el tenor íntegro de su demanda, y añadiendo precisó: 1) Una vez operado el despido, se apersonó ante la Dirección Departamental del Trabajo, a objeto de pedir la reincorporación a su fuente laboral; 2) El representante legal de la empresa demandada, se apersonó a efectos de presentar pruebas de orden administrativo; 3) La Dirección del Trabajo de Cochabamba, ordenó la reincorporación a su fuente de trabajo, a la empresa AEROSUR, en la persona de su Gerente Regional, Eduardo Bares Sottocorno; sin embargo, dicha conminatoria de reincorporación no fue cumplida; 4) El Código Procesal del Trabajo, establece que se podrá dirigir la demanda contra los Gerentes, Administradores o Representantes legales del empleador; y, 5) En el caso presente, se demostró que Eduardo Bares Sottocorno, suscribió el memorándum de despido; situaciones por las cuales, solicitó se conceda la tutela solicitada, y se disponga la reincorporación a su fuente laboral, así como el pago de salarios devengados, primas, incremento salarial del 10%, así como la vacación de siecisite días.