SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0756/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0756/2013-L

Fecha: 30-Jul-2013

denegó

La Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Cochabamba, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución de 20 de octubre de 2011, cursante de fs. 47 a 49, denegó la tutela solicitada, manifestando que el memorándum de rescisión de contrato SRZ/RRHH/2011/09 firmado por Eduardo Bares Sottocorno y José Alberto Camacho García, en su calidad de Gerente Regional Cochabamba y Gerente Administrativo de AEROSUR S.A., respectivamente, fue emitido en Santa Cruz, situación por la que se evidencia, una falta de legitimación pasiva parcial, por haberse demandado tan sólo a Eduardo Bares Sottocorno, cuando debió dirigirse la acción contra el personero legal que suscribió el contrato con María Juanita Rocabado Leigue en representación de AEROSUR S.A., o en su defecto contra la persona que se hallaba facultada a dicho efecto en la fecha de interposición de la acción y los empleados que suscribieron el memorándum de rescisión del contrato.