SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1063/2013
Fecha: 16-Jul-2013
II.3.
II.3. Por Informe Legal 261/2012 de 23 de julio, el Abogado de Planta del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, informó a la demandada vía Director de Recursos Humanos del indicado Gobierno, lo siguiente: 1. Mediante nota de 16 de julio de 2012, la Dirección de Recursos Humanos solicitó dar cumplimiento a los beneficios sociales del accionante, adjuntando memorial de 3 de ese mes y año presentado por el mencionado junto a la decisión de la Dirección General del Servicio Civil; 2. Posteriormente, por memorial de 19 del mismo mes y año, el interesado, reiteró su solicitud de cumplimiento de la decisión del Servicio Civil; 3. Cualquier autoridad se encuentra en la obligación de responder a las peticiones de toda índole e indicar la viabilidad o no de su petición; y, 4. La decisión del Servicio Civil fue objeto de recurso de revocatoria por parte del ente municipal (fs. 24).