SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1070/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1070/2013

Fecha: 16-Jul-2013

denegó

Mediante Resolución 15/2013 de 3 de abril, cursante de fs. 156 a 160, el Juez Tercero de Sentencia Penal del departamento de La Paz, denegó la acción de libertad con los siguientes fundamentos: a) Se establece que el accionante no ha sido privado de los derechos que señala como vulnerados, siendo que en su momento tuvo conocimiento de la demanda de asistencia familiar y se apersonó, es decir que conocía de la acción que se le estaba siguiendo y el hecho de que no se hubiere apersonado con posterioridad ante dicho juzgado es única y exclusiva responsabilidad de su persona quien tenía la obligación de adjuntar cualquier pago como indica para que conozca la autoridad jurisdiccional ya que como Juez de garantías no tiene competencia para evaluar los recibos que se le exhiben; b) Se siguieron los pasos procedimentales, para finalmente expedir el mandamiento de apremio y ser ejecutado por las autoridades accionadas, en esta caso el Suboficial Félix Flores Copa, quien teniendo conocimiento del mandamiento condujo al accionante a “San Pedro” y el demandado Carlos Coritza Zúñiga, dio cumplimiento para que el mismo sea internado en la sección de “Chonchocorito”; y, c) Los fundamentos expuestos por la parte accionante no se adecuan a la realidad, si se considera el deber sagrado que tiene un padre de asistir económicamente a los hijos, y que su incumplimiento tiene efectos relativos a su libertad, no pudiendo establecer que las autoridades accionadas hubieren vulnerado derecho alguno, menos sobre la vigencia del mandamiento de apremio, por cuanto no existe norma que limite su ejecución.