Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1071/2013
Fecha: 16-Jul-2013
II.1.
II.1. El 11 de marzo de 2013, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a denuncia de Eusebio Ramiro Hinojosa contra Marilin Marcela Díaz Parejas, por la presunta comisión de delito de estafa, la accionante, solicitó se fije nuevo día y hora para prestar su declaración informativa y se deje sin efecto del mandamiento de aprehensión, alegando que el 15 de febrero de ese año, a horas 8:30, asistió para dicho efecto a dependencias de la FELCC de Pampa de la Isla y que al no encontrarse presente el Fiscal, no fue posible la toma de su declaración por el asignado al caso (fs. 6).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.2.2. La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- III.3. Del control jurisdiccional de la investigación
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 13