SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1090/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1090/2013

Fecha: 16-Jul-2013

III.3.  Análisis del caso concreto

La línea jurisprudencial señalada precedentemente, corresponde ser aplicada, teniendo en cuenta que el accionante a través de esta acción tutelar, denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad, al debido proceso y a la defensa, porque fue aprehendido por funcionarios policiales el 22 de febrero de 2013, a través de un mandamiento de aprehensión expedido por la autoridad demandada, encontrándose privado de libertad por más de setenta y dos horas, sin que se le haya tomado su declaración, extremo que en criterio suyo, vulnera lo prescrito por el art. 226 en su segunda parte del CPP.

Sobre el particular y de los antecedentes procesales, se tiene que, a raíz de un hecho de violación contra una menor de edad, se abrió proceso investigativo en el que la autoridad fiscal ordenó mandamientos de aprehensión contra los presuntos implicados, entre ellos el accionante; en tal sentido, encontrándose abierta una investigación penal, es el Juez cautelar la autoridad judicial encargada de ejercer el control jurisdiccional de los órganos encargados de la persecución penal, lo que supone que es ésta autoridad que deberá acudirse en forma previa, en procura de la reparación y protección de los derechos lesionados, y sólo cuando estos mecanismos no hubieren reparado la lesión, podrá acudirse a esta acción tutelar.