SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1116/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1116/2013

Fecha: 17-Jul-2013

en el contexto de la cruda realidad boliviana; cotidianeidad que acostumbra, cohonestar el menoscabo de la dignidad, tolerar el abuso institucional y la arbitrariedad contra el individuo; el caso planteado no es ajeno a muchos enfermos y familiares, que deben lidiar con la insensibilidad y el pragmatismo crudo del interés pecuniario, sumándose al desconsuelo e impotencia de los familiares -por la pérdida o enfermedad de un ser querido- el maltrato y abuso de funcionarios públicos y hasta de personas particulares”

Finalmente, cabe entender el recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, en el contexto de la cruda realidad boliviana; cotidianeidad que acostumbra, cohonestar el menoscabo de la dignidad, tolerar el abuso institucional y la arbitrariedad contra el individuo; el caso planteado no es ajeno a muchos enfermos y familiares, que deben lidiar con la insensibilidad y el pragmatismo crudo del interés pecuniario, sumándose al desconsuelo e impotencia de los familiares -por la pérdida o enfermedad de un ser querido- el maltrato y abuso de funcionarios públicos y hasta de personas particulares” (las negrillas nos corresponden).

Ahora bien, desde la perspectiva de las naciones y pueblos indígenas, el fallecimiento no implica la muerte de la persona, pues ésta permanece en la comunidad, sigue existiendo de un modo intangible. Así, conforme concluyó la Unidad de Descolonización de este Tribunal, desde la concepción de los pueblos indígenas:“…no hay muerte (…) Nuestros abuelos no mueren, viven aquí; por ejemplo los chullpas caminan y están a nuestro lado porque son nuestros antepasados, ellos también 'comen', 'beben' agua, 'viajan', 'trabajan', 'se visten', nos 'visitan' el primero de noviembre al medio día, luego se van al otro día, a la misma hora que (h)a llegado o ha arribado a esta pacha' (quien viaja siempre te visita)  Esta forma de concebir la vida, ratifica que para las naciones y pueblos indígena originario campesinos no hay muerte; simplemente es el 'paso de un espacio a otro del cosmos.

(…) esa vida que es considerada 'sagrada', que está por encima de todo, tiene una traslación de un espacio a otro.  Esta traslación es concebida, desde el occidente, como la 'muerte'.  Pero desde la visión cosmocéntrica, esa transición sólo es un puente a otra 'vida' a otro ciclo vital.  En suma, chacha o warmi, transita después de haber cumplido su ciclo vital en el espacio del aka pacha, a la comunidad de la naturaleza y a la comunidad de las deidades.

Por tanto, este 'proceso' de transición de la vida, de un espacio a otro, se puede explicar con el siguiente ejemplo: 'la semilla (jatha/muju) muere y da paso a otra planta que nace, crece y reproduce en el fruto, el fruto da paso nuevamente a la semilla (jatha/muju). Este proceso, nos lleva a comprender que la semilla (jatha/muju), desde una visión ajena, muere; pero lo que realmente ha sucedido es la traslación de un espacio a otro, porque a partir de la semilla (jatha/muju) se genera la vida, y esta semilla (jata/muju) llega a ser tierra (que tiene a la vez su propia vida).  En este caso se convierte en abono, y este abono genera vida a la vez, porque la planta que ha germinado de la semilla (jatha/muju), necesita de elementos como el abono para seguir desarrollándose.  Por eso es cíclico.