SENTENCIA CONSTITUCIONAL PluRINACIONAL 1129/2013
Fecha: 18-Jul-2013
II.1.
II.1. Mediante memorial presentado el 25 de marzo de 2013, ante el Ministerio Público, Jorge José Valda Daza, en representación de la Empresa Hidroeléctrica Boliviana S.A., formalizó querella penal por los delitos de instigación pública a delinquir, asociación delictuosa, atentado contra la seguridad de los transportes, atentado contra la seguridad de los servicios públicos, sabotaje, amenazas, coacción, atentados contra la libertad de trabajo, extorsión, lesiones graves y leves y daño calificado; contra Willy Flores, Ramiro Salinas, Franz Luque, Juan Calle, Narciso Blanco, Humberto Condori, Juan Calos López, Vicente Malcu, Gumercindo Nina, Cleto Quispe, Félix Choque, Ricardo Nina, Julia Quelca, Vicente Cala, Benedicto Ramos, Javier Ergueta, Humberto Condori, Pedro Cusi, Rembertouria, además de otro grupo de personas igualmente responsables a quienes anuncia identificar en el transcurso de la investigación (fs. 19 a 24). Denuncia sobre la cual, asumió la dirección funcional de la investigación la Fiscal de Materia, Elena Palomeque Rivero (fs. 25).
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El juez cautelar como contralor de la investigación
- III.2. La subsidiariedad excepcional de la acción de libertad y las denuncias de aprehensión ilegal
- Primer supuesto:
- Segundo Supuesto:
- Tercer supuesto:
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR