SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1169/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1169/2013

Fecha: 30-Jul-2013

concedió

La Jueza Tercera de Sentencia Penal del departamento de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías, por Resolución 4/2013 de 19 de abril, cursante de fs. 93 vta. a 97, concedió la tutela y dispuso que la autoridad demandada, dentro del plazo de veinticuatro horas, dé cumplimiento a lo determinado en el art. 251 del CPP, remitiendo los actuados de la apelación ante el tribunal superior, sin disponer la libertad; puesto que, será considerada por el tribunal de apelación; con los siguientes fundamentos: a) En la audiencia celebrada el 10 de abril de 2013, el accionante fue sometido a la medida cautelar de carácter personal de detención preventiva; b) Se interpuso el recurso de apelación incidental contra la Resolución de detención preventiva, habiéndose presentado ante Notaría de Fe Pública el 13 del mencionado mes y año, aunque la Notaria, en el Juzgado Cuarto de Instrucción en lo Penal, recién el 15 de igual mes y año; c) Al respecto la autoridad demandada informó que el recurso fue interpuesto fuera de plazo; sin embargo, conforme a lo establecido en el art. 396 inc. 4) del CPP, este “tópico” no puede ser considerado; d) Se extraña que, el memorial de apelación presentado el 15 de abril de 2013, en el Juzgado Cuarto de Instrucción en lo Penal, el 15 de abril de 2013, hasta la fecha de interposición de esta acción aún no tenía proveído, incumpliéndose lo señalado en el art. 132 del referido Código, que determina que, el juez o tribunal “dictará las providencias de mero trámite dentro de las veinticuatro horas de la presentación” (sic); y, e) Por el informe de la autoridad demandada, se estableció que evidentemente, pese a existir una apelación contra la Resolución de medida cautelar de carácter personal de detención preventiva no se cumplió con lo previsto por el art. 251, concordante con el art. 130, ambos del CPP; existiendo vulneración de derechos que tienen relación con la libertad del accionante.