Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1177/2013
Fecha: 30-Jul-2013
Fragmento 1
En revisión la Resolución de 09/2013 de 20 de marzo, cursante de fs. 298 a 299 vta., pronunciada, dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Willy Juan Casas Llanos en representación legal del Sindicato de Trabajadores; Limbert Ubaldo Carvajal Quispe, Interventor Administrativo de la Empresa Rural Eléctrica de la Paz S.A. (EMPRELPAZ S.A.); y, Julio César Beyer Pacheco, Director General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural contra Ramiro López Guzmán y Ángel Arias Morales, Vocales de la Sala Penal Tercera; y, Félix Peralta Peralta, Vocal de la Sala Penal Segunda, todos del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la demanda
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegando
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. Respecto al recurso de apelación incidental contra resoluciones que disponga, modifique o rechace las medidas cautelares
- Fragmento 18
- III.4. Análisis del caso concreto
- denegado
- REVOCAR en todo