Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0172/2013-RCA
Fecha: 09-Ago-2013
Fragmento 1
En revisión la Resolución 37/013 de 10 de julio 2013, cursante a fs. 29 y vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Neysa Roxana Llave Poquechoque contra Esteban Urquizu Cuellar, Gobernador del Departamento Autónomo de Chuquisaca y Gilka Mayda Guerrero Coppa, Directora Técnica del Servicio Departamental de Salud (SEDES), del mismo departamento.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- improcedencia in limine
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- b) de causa: que el motivo (acto o resolución), que da origen al amparo, sea el mismo en ambos casos; y c) de objeto: que el propósito del recurso, sea el mismo tanto en el primer como en el segundo amparo´”
- II.3. Análisis del caso en revisión
- II.4. Cumplimiento de los requisitos de admisión (art. 33 del CPCo)