Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0172/2013-RCA
Fecha: 09-Ago-2013
I.2. Derechos supuestamente vulnerados
La accionante estima lesionados sus derechos a la petición, a una tutela administrativa, a la “seguridad jurídica” y al debido proceso como derecho y garantía, mencionando al efecto los arts. 24, 115.II y 178 de la Constitución Política del Estado (CPE); 10 y 11 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; XXVI de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; y, 8 y 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- improcedencia in limine
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- b) de causa: que el motivo (acto o resolución), que da origen al amparo, sea el mismo en ambos casos; y c) de objeto: que el propósito del recurso, sea el mismo tanto en el primer como en el segundo amparo´”
- II.3. Análisis del caso en revisión
- II.4. Cumplimiento de los requisitos de admisión (art. 33 del CPCo)