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    AUTO CONSTITUCIONAL 0180/2013-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0180/2013-RCA

    Fecha: 15-Ago-2013

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    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
    • Las resoluciones serán obligatoriamente notificadas al día siguiente de dictadas, salvo que la ley o el juez disponga un plazo menor
    • Fragmento 4
    • I.4. Resolución del Tribunal de garantías
    • Fragmento 6
    • plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de conocido el hecho
    • o en su caso legalizada ello no impide que habiendo la o el servidor público o la persona individual o colectiva demandada, que además es la tenedora de la misma, respondido la demanda sin desconocerla pueda valorarse por jueces, tribunales de garantías y por este Tribunal
    • Fragmento 9
    • II.3.  Análisis del caso enviado en revisión
    • II.3.1.

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