Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0180/2013-RCA
Fecha: 15-Ago-2013
Fragmento 1
En revisión la Resolución de 14 de junio de 2013, cursante a fs. 180, pronunciada dentro la acción de amparo constitucional interpuesta por Gastón Pablo Navarro Taboada contra César Suárez Saavedra, Presidente de la Sala Penal Segunda, Iván Sandoval Fuentes, Vocal de la Sala Penal Primera ambos del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca y Farid Nassar Donoso, Juez Segundo de Sentencia Penal del mismo departamento.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- Las resoluciones serán obligatoriamente notificadas al día siguiente de dictadas, salvo que la ley o el juez disponga un plazo menor
- Fragmento 4
- I.4. Resolución del Tribunal de garantías
- Fragmento 6
- plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de conocido el hecho
- o en su caso legalizada ello no impide que habiendo la o el servidor público o la persona individual o colectiva demandada, que además es la tenedora de la misma, respondido la demanda sin desconocerla pueda valorarse por jueces, tribunales de garantías y por este Tribunal
- Fragmento 9
- II.3. Análisis del caso enviado en revisión
- II.3.1.