AUTO CONSTITUCIONAL 0194/2013-RCA
Fecha: 30-Ago-2013
a)
El accionante solicita se conceda la tutela solicitada y se disponga: a) Dejar sin efecto la Resolución 101/2009, pronunciada por el Juez Primero de Partido de Sentencia Penal de El Alto, en suplencia legal de su similar Cuarto; el Auto de Vista 132/2009, dictado por la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de La Paz; el decreto de 24 de enero de 2013, emitida por la Jueza Cuarta de Partido de Sentencia Penal de El Alto y se proceda en su caso a la emisión de una nueva resolución fundamentada por parte de las autoridades demandadas, restituyendo sus derechos y garantías constitucionales vulnerados; b) “Se disponga la emisión de disposiciones judiciales cumpliendo los requisitos que la ley prevé y conforme el Art. 124 del C.P.P. en forma fundamentada por parte de los demandados”(sic); y, c) Se establezca la responsabilidad civil, así como pago de costas judiciales a su favor.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- improcedencia in limine
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de conocido el hecho
- notificada el 25 de septiembre de 2009
- el 13 de junio de 2013
- CONFIRMAR