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    AUTO CONSTITUCIONAL 0194/2013-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0194/2013-RCA

    Fecha: 30-Ago-2013

    I.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados

    El accionante, considera lesionados sus derechos y garantías al debido proceso, al acceso a la justicia, a la tutela judicial efectiva, a la “seguridad jurídica”,  “pro actione” (sic), a la “autodeterminación” (sic), a la igualdad de partes, a la legalidad y a la verdad material y su “calidad de víctima” contemplados en los arts. 14.IV, 22, 115, 116 y 180 de la CPE; y, 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
    • I.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
    • a)
    • improcedencia in limine
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de conocido el hecho
    • notificada el 25 de septiembre de 2009
    • el 13 de junio de 2013
    • CONFIRMAR

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