Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0194/2013-RCA
Fecha: 30-Ago-2013
I.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
El accionante, considera lesionados sus derechos y garantías al debido proceso, al acceso a la justicia, a la tutela judicial efectiva, a la “seguridad jurídica”, “pro actione” (sic), a la “autodeterminación” (sic), a la igualdad de partes, a la legalidad y a la verdad material y su “calidad de víctima” contemplados en los arts. 14.IV, 22, 115, 116 y 180 de la CPE; y, 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- improcedencia in limine
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de conocido el hecho
- notificada el 25 de septiembre de 2009
- el 13 de junio de 2013
- CONFIRMAR