Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0309/2013-CA
Fecha: 09-Ago-2013
Fragmento 7
Por otro lado, el art. 81.I del señalado procedimiento prevé: “I. La Acción de Inconstitucionalidad Concreta podrá ser presentada por una sola vez en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo, aún en recurso de casación y jerárquico antes de la ejecutoria de la Sentencia”.
- Jueza Tercera de Instrucción en lo Civil del departamento de Chuquisaca
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- II.1. Normas impugnadas y preceptos constitucionales infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- Fragmento 7
- II.3. Análisis del cumplimiento de requisitos de admisión en el caso concreto
- cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad
- RATIFICAR