Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0309/2013-CA
Fecha: 09-Ago-2013
II.2. Marco normativo constitucional y legal
Al respecto, el art. 73.2 del Código Procesal Constitucional (CPCo), dispone que la acción de inconstitucionalidad concreta “…procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo, cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales”.
1. Nombre, apellido y generales de ley de quien interpone la acción, demanda, consulta o recurso, o de su representante legal, acompañando en este último caso la documentación que acredite su personería. Además deberá indicarse la dirección de un correo electrónico u otro medio alternativo de comunicación inmediata.
- Jueza Tercera de Instrucción en lo Civil del departamento de Chuquisaca
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- II.1. Normas impugnadas y preceptos constitucionales infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- Fragmento 7
- II.3. Análisis del cumplimiento de requisitos de admisión en el caso concreto
- cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad
- RATIFICAR